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Consolidación de sociedades: principales ajustes contables y fiscales

15 Noviembre 2024

La consolidación de sociedades persigue ofrecer una imagen global y unificada de los resultados y situación financiera de un grupo de empresas.

La normativa que regula esta práctica contempla tanto la consolidación contable, obligatoria en determinados casos, como la consolidación fiscal, que se aplica de forma voluntaria en el Impuesto sobre Sociedades y exige requisitos específicos para su implementación.

La normativa en cada área impone reglas particulares. La consolidación contable se basa en el Real Decreto 1159/2010 y se centra en la elaboración de cuentas anuales consolidadas. La consolidación fiscal, por su parte, se regula en los artículos 55 a 75 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y está orientada a la tributación conjunta de un grupo fiscal. Aquí, la definición de grupo y el perímetro que abarca difieren: en el ámbito contable se fundamenta en el control efectivo, mientras que en el fiscal se requiere una participación mínima del 75% del capital y los derechos de voto.

Ajustes clave en la consolidación contable

Los ajustes de consolidación contable incluyen operaciones que permiten reflejar el balance y los resultados conjuntos de las entidades del grupo. Las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas (NFCAC) imponen ajustes específicos, como la homogeneización temporal y valorativa, necesarias para unificar criterios de cierre y valoración de las cuentas del grupo.

Las eliminaciones juegan un papel central en este proceso. Una de las eliminaciones esenciales es la "eliminación inversión-patrimonio," que sustituye el valor contable de la participación en una filial por la porción correspondiente de su patrimonio. Si surge una diferencia positiva, se registra un fondo de comercio; una diferencia negativa, en cambio, se contabiliza como un ingreso. Este ajuste, de gran importancia en el balance consolidado contable, no se aplica a nivel fiscal en la determinación de la base imponible.

Ajustes de partidas intragrupo y su tratamiento fiscal

Las partidas intragrupo representan otra clase de ajustes que incluyen deudas, créditos, ingresos y gastos entre entidades del grupo. En el ámbito contable, estas partidas se eliminan completamente de las cuentas consolidadas para evitar la duplicación de valores. El régimen fiscal, por el contrario, considera solo aquellas eliminaciones que afectan directamente a las bases imponibles individuales.

Las operaciones entre entidades del mismo grupo, como las transferencias de activos y los servicios internos, también requieren ajustes. Por ejemplo, si una sociedad del grupo transfiere bienes a otra, el beneficio de dicha transacción no se registra hasta que se materialice frente a un tercero. Aunque la normativa fiscal adopta este principio, existe una excepción en el tratamiento de los dividendos internos, donde se impone una tributación parcial (5%) desde 2021, estableciendo una diferencia notable con el enfoque contable, que elimina el dividendo por completo.

Ejemplo

Imaginemos un grupo empresarial que opera en el sector de tecnología, llamado Tech Solutions Group. Este grupo está formado por varias empresas subsidiarias dedicadas a distintos nichos del mercado, como desarrollo de software, consultoría en ciberseguridad y venta de hardware especializado. La sociedad matriz de este grupo es Tech Solutions S.A., que posee el 100% de las participaciones en dos de sus filiales, Secure Systems S.L. y Hardware Innovators S.L.

Tech Solutions S.A. desea presentar un informe financiero consolidado y aprovechar el régimen de consolidación fiscal para optimizar su tributación. La empresa matriz decide consolidar contablemente para ofrecer una visión unificada a sus inversores y cumple los requisitos para acogerse al régimen de consolidación fiscal en el Impuesto sobre Sociedades.

Ajustes contables de consolidación

1. Eliminación de la inversión-Patrimonio Neto

  • Situación: Tech Solutions S.A. ha realizado inversiones iniciales en sus filiales, Secure Systems S.L. y Hardware Innovators S.L., que se reflejan como activos en su balance.
  • Ajuste: Para consolidar contablemente, se eliminan los valores contables de estas inversiones y se sustituyen por la porción del patrimonio neto de cada filial, proporcional a la participación de Tech Solutions S.A.

  • Resultado: Si el valor de la inversión inicial supera el patrimonio neto de la filial, se genera un fondo de comercio que se registrará en el balance consolidado; si es menor, se genera una diferencia negativa que se incluye como ingreso en el estado de resultados consolidado.

2. Eliminación de partidas intragrupo

  • Situación: Durante el año, Secure Systems S.L. ha prestado servicios de ciberseguridad a Hardware Innovators S.L. por un total de 100.000€. Esto ha generado ingresos en Secure Systems S.L. y un gasto correspondiente en Hardware Innovators S.L.
  • Ajuste: Para evitar duplicaciones, este ingreso y gasto deben eliminarse de las cuentas consolidadas, ya que se trata de transacciones internas.
  • Resultado: En el estado de resultados consolidado, esta operación desaparece, mostrando solo los ingresos y gastos derivados de transacciones con terceros externos al grupo.

Ajustes fiscales de consolidación

1. Eliminación de dividendos intragrupo

  • Situación: Al cierre del ejercicio, Hardware Innovators S.L. distribuye dividendos a Tech Solutions S.A. por 50.000€. Bajo la normativa fiscal, estos dividendos tributan al 5% en la sociedad matriz.
  • Ajuste: Aunque en contabilidad se eliminaría el dividendo en su totalidad, a nivel fiscal solo se permite una exención del 95%, por lo que el 5% del dividendo se incorpora a la base imponible de Tech Solutions S.A.
  • Resultado: En la base imponible consolidada del grupo, se integra un ingreso adicional de 2.500€ (5% de 50.000€), afectando el resultado fiscal pero manteniendo la consolidación contable sin duplicación de ingresos.

2. Tratamiento de operaciones intragrupo no realizadas frente a terceros

  • Situación: Hardware Innovators S.L. vende equipos a Secure Systems S.L. por 200.000€, aunque estos equipos aún no se han vendido a clientes externos.
  • Ajuste Contable: Este beneficio debe diferirse en el estado de resultados consolidado hasta que los equipos se vendan a terceros ajenos al grupo, evitando que el grupo refleje ganancias no realizadas.
  • Ajuste Fiscal: La base imponible consolidada del grupo también debe excluir este beneficio interno hasta su venta efectiva a terceros, lo cual se realiza aplicando el criterio fiscal de diferimiento de resultados internos.

 

EN RESUMEN

Al final del ejercicio, Tech Solutions Group presenta unos estados financieros consolidados donde:

  • Los valores de inversión en filiales están ajustados al patrimonio neto real.
  • No existen duplicaciones en ingresos y gastos por transacciones internas.
  • Los dividendos y beneficios no realizados se tratan de manera diferenciada en el ámbito contable y fiscal.

Este proceso permite a Tech Solutions S.A. ofrecer una visión transparente y realista de su situación económica y optimizar su carga tributaria mediante el régimen de consolidación fiscal, asegurando un correcto cumplimiento de la normativa contable y fiscal.

 

Referencia: iusTime

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