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Bases y Tipos de Cotización a la Seguridad Social para 2025

07 Marzo 2025
Bases y Tipos de Cotización a la Seguridad Social para 2025

Aprobado el SMI para 2025, la Orden de cotización recoge el detalle de las cotizaciones que deberán practicarse a lo largo del ejercicio y que vienen a ser el resultado de las normas de actualización que se han aprobado recientemente.

¿Cómo quedan las bases y los tipos de cotización 2025 a la seguridad social?

En el BOE del día 26 de febrero y con efectos desde el día 1 de enero de 2025, se ha publicado la Orden PJC/ 178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025.

 

1. CONTEXTO NORMATIVO Y ACTUALIZACIÓN DE BASES

Debido a la prórroga presupuestaria automática, las bases y tipos de cotización del 2023 se mantienen en 2025 con las actualizaciones dispuestas en el Real Decreto-ley 1/2025. Esta normativa establece las bases mínimas, máximas y el tope máximo de cotización, aplicando el mecanismo de equidad intergeneracional y la cotización adicional de solidaridad hasta que se aprueben los nuevos Presupuestos Generales del Estado.

  • Bases mínimas: se incrementan en el mismo porcentaje que el SMI, según el Real Decreto 87/2025, aumentado en un sexto. La base mínima de cotización para 2025 queda establecida en 1.381,20 euros/mes.
  • Bases máximas y tope de cotización: se revalorizan en base a la revalorización de pensiones y la disposición transitoria trigésima octava de la Ley General de la Seguridad Social. La base máxima de cotización queda fijada en 4.909,50 euros/mes.

 

Desde enero de 2025, entra en vigor la cotización adicional de solidaridad, aplicable según tramos de exceso de rendimientos del trabajo sobre la base máxima de cotización, con un tipo progresivo.

2. RÉGIMEN GENERAL

2.1. Base de Cotización (Contingencias comunes)

La base de cotización está constituida por la remuneración devengada en el mes de cotización, incluyendo pagas extraordinarias y beneficios, prorrateados en 12 meses o 365 días, según la periodicidad del salario. Si la base calculada se encuentra fuera del rango establecido para cada categoría profesional, se aplicará la base mínima o máxima correspondiente.

2.2. Bases de cotización para Accidentes de Trabajo, Desempleo, FOGASA y Formación Profesional

Las retribuciones percibidas mensualmente también se prorratean con los mismos topes mínimo y máximo.

2.3. Bases de cotización por Grupo Profesional

Desde el 1 de enero de 2025, la cotización por contingencias comunes estará limitada por las siguientes bases:

Grupo de cotacización Categoría Base Mínima (€/mes) Base Máxima (€/mes)
1 Ingenieros y Licenciados, Alta Dirección 1.929,00 4.909,50
2 Ingenieros Técnicos, Peritos, Ayudantes Titulados 1.599,60 4.909,50
3 Jefes Administrativos y de Taller 1.391,70 4.909,50
4-11 Otros trabajadores 1.381,20 4.909,50

2.4. Tipos de Cotización

2.4.1 Contingencias comunes
  • 28,30%: 23,60% a cargo de la empresa y 4,70% a cargo del trabajador.
2.4.2 Accidentes de trabajo
  • Se aplican las tarifas de primas establecidas desde 2019, a cargo exclusivo de la empresa.
2.4.3 Desempleo, FOGASA y Formación Profesional

Para contratos indefinidos y determinadas modalidades: 7,05% (5,50% empresa, 1,55% trabajador).

Para contratos temporales: 8,30% (6,70% empresa, 1,60% trabajador).

2.4.4 Horas extraordinarias

14% (12% empresa y 2% trabajador) para horas extra por fuerza mayor.

28,30% (23,60% empresa y 4,70% trabajador) para otras horas extraordinarias.

2.5. Cotización en los Contratos a Tiempo Parcial

Se cotiza sobre la remuneración efectiva, incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas.

3. RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS (RETA)

3.1. Bases de Cotización

Desde el 1 de enero de 2025:

  • Base mínima: 960,78 euros/mes.
  • Base máxima: 4.909,50 euros/mes.

3.2. Tipos de Cotización

Contingencias Comunes: 28,30%.

Contingencias Profesionales: 1,30%.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional: 0,80%.

 

4. SISTEMA ESPECIAL PARA EMPLEADOS DEL HOGAR

4.1. Bases de Cotización

  • Base mínima: 1.260,00 euros/mes.
  • Base máxima: 4.909,50 euros/mes.

4.2. Tipos de Cotización

Contingencias Comunes: 28,30% (23,60% empleador, 4,70% trabajador).

Accidentes de Trabajo: 1,50% (a cargo del empleador).

Desempleo:

  • Contratos indefinidos: 7,05% (5,50% empleador, 1,55% trabajador).
  • Contratos temporales: 8,30% (6,70% empleador, 1,60% trabajador).

 

5. PLAZOS Y REGULARIZACIÓN DE CUOTAS

Las liquidaciones de cuotas de enero de 2025, presentadas en febrero, serán regularizadas en los meses siguientes. Las diferencias podrán ingresarse sin recargo hasta el mes siguiente a la notificación.

Referencia: iusTime

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