Las novedades fiscales de 2025 son esenciales conocerlas para ver cómo afectarán a tu empresa. Te las explicamos en detalle.
A finales del mes de diciembre, se aprobó una serie de medidas fiscales a través Ley 7/2024 y los Reales Decretos-ley 9/2024 y 10/2024. Entre otras novedades, se establece la imposición mínima global del 15% para multinacionales, nuevos tributos como el impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y el margen de intereses de entidades financieras, además de importantes cambios en el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el IVA.
A través de la Ley 7/2024, se transpone a derecho interno la Directiva Europea que garantiza una imposición mínima global del 15% para los grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud. Además de esta medida clave, se han introducido diversos cambios tributarios que entrarán en vigor entre 2024 y 2025, con impacto en impuestos directos, indirectos y otros tributos especiales. Destacan la creación de dos nuevos tributos: el Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y el Impuesto sobre el Margen de Intereses y Comisiones de determinadas entidades financieras. En el ámbito del IRPF, se incrementa el tipo del último tramo de la base del ahorro del 28% al 30% a partir de 300.000 euros. En el Impuesto sobre Sociedades, se ajustan los porcentajes de la reserva de capitalización, se introducen beneficios para micropymes y se restablecen límites para grandes empresas.
El Real Decreto-ley 9/2024 prorroga varias medidas fiscales que vencían este año e incorpora novedades como la elevación a 2.500 euros del límite de ingresos del segundo pagador exento de declaración en el IRPF. Se extiende la libertad de amortización para inversiones en energía renovable y se crean incentivos fiscales específicos para eventos deportivos como la UEFA Champions League Femenina 2024.
Por su parte, el Real Decreto-ley 10/2024 introduce un gravamen temporal para los operadores principales del sector energético, orientado a financiar inversiones estratégicas, cuya liquidación está prevista para septiembre de 2025, con un pago anticipado en junio del mismo año.
Y finalmente, podemos destacar la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que entre otras medidas, modifica la Ley del IRPF y amplía la exención de las indemnizaciones por daños personales e introduce ciertas precisiones en la exención de las indemnizaciones por despido o cese y en materia de anualidades por alimentos a los hijos.
En este artículo vamos a ver de manera muy resumida las principales novedades que incluyen estas normas.
PRINCIPALES NOVEDADES PARA 2025
IRPF
- Límites exentos de declarar rendimientos del trabajo:
- Límite ampliado: Aquellos contribuyentes que tengan ingresos de hasta 22.000 € anuales y más de un pagador estarán exentos de presentar la declaración siempre que el segundo o restantes pagadores no superen 2.500 € (anteriormente era 1.500 €). Esto beneficia especialmente a trabajadores con empleos temporales o múltiples fuentes de ingresos menores.
- Indemnizaciones por daños personales:
- Exentas las indemnizaciones por responsabilidad civil, siempre que sean fijadas judicialmente o mediante mecanismos de mediación formalizados ante notario. Esto incluye daños personales no contemplados antes, ampliando la protección fiscal.
- Indemnizaciones por despido o cese:
- Las indemnizaciones no estarán exentas si derivan de pactos previos, salvo las acordadas en servicios administrativos de conciliación previos a la vía judicial. Esto aclara situaciones controvertidas, asegurando la exención solo para casos con respaldo formal.
- Anualidades por alimentos:
- Exención aplicable a pagos establecidos mediante convenios regulados o elevados a escritura pública. Se protege fiscalmente a familias en procesos de separación o divorcio que formalicen este tipo de acuerdos.
- Deducción por eficiencia energética:
- Tres modalidades:
- 20% para obras que reduzcan la demanda energética de calefacción/refrigeración (máximo 5.000 €).
- 40% para mejorar el consumo de energía primaria no renovable (máximo 7.500 €).
- 60% para rehabilitación energética en edificios residenciales (máximo 5.000 €/año, acumulativo hasta 15.000 €).
- Prórrogas hasta 2025-2026 para aprovechar incentivos en proyectos sostenibles.
- Tres modalidades:
- Vehículos eléctricos y puntos de recarga:
- Deducción del 15% por la compra de vehículos eléctricos nuevos o instalación de puntos de recarga. Se amplía hasta 2025, fomentando la movilidad sostenible.
- Imputación de rentas inmobiliarias:
- Porcentaje reducido al 1,1% en inmuebles con valores catastrales revisados desde 2012. Esto supone un ajuste favorable para muchos propietarios.
- Módulos en IRPF e IVA:
- Prorrogación de límites excluyentes para actividades económicas: ingresos hasta 250.000 €, facturación o-bligatoria hasta 125.000 €, y compras hasta 250.000 €.
- Reducción del 25% en zonas afectadas por la DANA de 2024.
- Rendimientos de actividades artísticas:
- Reducción del 30% para rendimientos excepcionales superiores al 130% de la media de los últimos tres años, con un límite de 150.000 €. Aplica a artistas y técnicos.
- Nuevo tipo marginal en ahorro:
- Incremento del último tramo de la tarifa del ahorro al 30% para bases superiores a 300.000 €, reflejando un esfuerzo por aumentar la tributación de las rentas altas.
- Devoluciones a mutualistas:
- Procedimientos específicos para devoluciones de periodos no prescritos (2019-2022), con base en sentencias del Tribunal Supremo. Se priorizan devoluciones ordenadas y transparentes.
- Exenciones por la DANA:
- Empresas pueden exentar ayudas extraordinarias a empleados para cubrir daños en viviendas, vehículos y enseres. Deben justificar los pagos con certificaciones de aseguradoras o entidades públicas.
Impuesto sobre Sociedades
- Reserva de capitalización:
- Aumenta al 20% la reducción de base imponible.
- Incentivos adicionales según el aumento de plantilla media:
- 23% por incremento del 2%-5%.
- 26,5% por incremento del 5%-10%.
- 30% por incrementos superiores al 10%.
- Las reducciones buscan fomentar la reinversión y la creación de empleo.
- Tipos de gravamen:
- Escalas para empresas pequeñas: 24% en 2025, reduciéndose anualmente hasta el 20% en 2029. • Cooperativas protegidas tributarán 3 puntos menos que los tipos generales, con un límite del 20%.
- Tributación mínima del 15%:
- Ajustada proporcionalmente para micropymes y empresas de menor dimensión, asegurando una tributación efectiva mínima.
- Amortización en energías renovables:
- Libertad para amortizar inversiones hasta 500.000 € en instalaciones renovables destinadas al autoconsumo.
- Medidas declaradas inconstitucionales:
- Se reintroducen restricciones para compensación de bases negativas y deducciones por doble imposición. Afectan especialmente a grandes empresas.
Imposición mínima global (15%)
- Transposición de la Directiva Europea: todas las multinacionales y grandes grupos deben tributar al menos un 15% de sus ingresos en cada jurisdicción.
- Modalidades:
- Impuesto Nacional: Para entidades españolas con rentas gravadas por debajo del 15%.
- Impuesto Primario: Sobre rentas de entidades extranjeras del grupo atribuidas a la matriz española.
- Impuesto Secundario: Aplica si las rentas insuficientemente gravadas no se cubren con los impuestos primarios.
IVA
- Tipos reducidos:
- La leche fermentada tributa ahora al 4% (antes 10%).
- Garantías en carburantes:
- Obligatoriedad de avales para asegurar el ingreso del IVA en la comercialización de carburantes.
- Arrendamientos de corta duración:
- Impuesto a alquileres turísticos en zonas donde afecten al acceso a vivienda o saturación turística.
- Facturación electrónica:
- Nuevas exigencias: remitir copias a la solución pública y registrar pagos o rechazos.
Otros Tributos
- Impuesto energético temporal:
- Derogado, eliminando cargas adicionales para el sector energético.
- Impuesto sobre margen de intereses:
- Nuevo tributo para entidades financieras. Tramos progresivos hasta el 7%.
- Impuesto sobre cigarrillos electrónicos:
- Aplicable desde abril de 2025, con requisitos de declaración y liquidación del stock inicial.
- Impuesto sobre incremento de valor de terrenos:
- Actualización de coeficientes para ajustarlos al periodo de generación.
- Reserva para inversiones en Canarias:
- Incentivos fiscales en rehabilitación de viviendas protegidas destinadas al alquiler.
Referencia: iusTime
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