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Novedades campaña renta 2024

07 Abril 2025
Novedades campaña renta 2024

Con la publicación de la Orden HAC/242/2025, se inaugura oficialmente una nueva edición de la declaración de la Renta y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal 2024.

Y, como viene siendo habitual, este ritual anual de cuentas con el fisco trae consigo una batería de novedades, ajustes técnicos y decisiones políticas que se reflejan directamente en el bolsillo del contribuyente.

Fechas clave y acceso digital

La campaña arranca el 2 de abril y se extiende hasta el 30 de junio de 2025. Ahora bien, quienes opten por la domiciliación bancaria deberán tener presente un límite anticipado: el 25 de junio será el último día para presentar su declaración con este método de pago.

El acceso a Renta WEB sigue siendo el canal principal para revisar, modificar y presentar el borrador, utilizando los sistemas de identificación habituales (Cl@ve, DNI electrónico o número de referencia).

El uso de medios digitales se consolida, y se amplían las formas de pago, incluyendo transferencias inmediatas y plataformas como Bizum, en un entorno de comercio electrónico seguro.

Cambios significativos en el IRPF

Nuevo umbral de declaración Los trabajadores con dos o más pagadores verán cómo el umbral para estar obligados a declarar se eleva de los 15.000 € a 15.876 € anuales, suavizando ligeramente la carga burocrática para un grupo cada vez más numeroso en un mercado laboral fragmentado.

Mejora de la reducción por rendimientos del trabajo

Uno de los puntos más sensibles para los contribuyentes con ingresos medios-bajos: la reducción se incrementa hasta 7.302 €, aplicándose de forma decreciente hasta desaparecer a partir de los 19.747,5 € de ingresos netos. Una fórmula que permite compensar, en cierta medida, el impacto inflacionario sobre las rentas más ajustadas.

Arrendamientos de vivienda y modulación de la reducción

El IRPF para arrendadores se endurece, pero con matices. La reducción general del 60% baja al 50%, aunque se premia el alquiler asequible en zonas tensionadas con reducciones del 60%, 70% o hasta 90%, dependiendo del tipo de contrato, el perfil del inquilino (jóvenes) o si se ha realizado una rehabilitación reciente.

Donativos y su deducción

Ahora, los primeros 250 euros donados se benefician de una deducción del 80%, y si se mantiene la fidelidad con la misma entidad durante tres años, el exceso sobre esos primeros 250 € se podrá deducir hasta el 45%. Una mejora que pretende incentivar las aportaciones regulares, más allá del gesto puntual.

Energía, movilidad y sostenibilidad

Se prorrogan las deducciones por actuaciones que mejoren la eficiencia energética, tanto en viviendas individuales como en edificios residenciales. Además, la adquisición de vehículos eléctricos o infraestructuras de recarga también se beneficia de deducciones significativas y de libertad de amortización para los profesionales o autónomos que los integren en su actividad económica.

Sistema de corrección de autoliquidaciones: adiós a las “complementarias”

Se introduce una reforma estructural que acaba con el modelo dual de corrección: ahora, una única autoliquidación rectificativa permite modificar declaraciones previas. Solo en casos donde se alegue conflicto de normas de diferente jerarquía legal, se permitirá optar entre esta vía o el procedimiento tradicional de solicitud de rectificación.

Se habilitan dos nuevas casillas:

  • La casilla 669, para ajustes que no tienen casilla específica, vinculados a discrepancias con el criterio de la Administración.
  • y la casilla 701 para distinguir devoluciones del impuesto de ingresos indebidos, algo fundamental por el tratamiento jurídico diferenciado de cada supuesto.

Estimación objetiva (Módulos): prórroga y reducciones

En 2024 se mantienen los límites excluyentes del régimen de módulos (250.000 y 125.000 euros), aunque la reducción general del rendimiento neto se ajusta al 5% (en 2023 fue del 10%). También hay deducciones específicas para agricultores y ganaderos en la compra de gasóleo y fertilizantes (35% y 15%, respectivamente).

Exenciones especiales: DANA y mutualidades

Se incorpora una exención temporal para ayudas empresariales a trabajadores afectados por la DANA de 2024, limitadas a los daños certificados y solo si fueron abonadas entre el 29 de octubre y el 31 de diciembre.

Por otra parte, quienes hayan realizado aportaciones a mutualidades laborales podrán solicitar devolución del IRPF de ejercicios no prescritos, incluyendo 2019, a través de un formulario específico de apoderamiento disponible desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025.

Impuesto sobre el patrimonio: ajustes autonómicos y blindaje del ITSGF

El Impuesto sobre el Patrimonio mantiene su vigencia indefinida, aunque condicionado por el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF), que continúa en 2024. Aquí es donde las comunidades autónomas mueven ficha:

  • Baleares eleva el mínimo exento a 3 millones de euros, mientras que otras comunidades, como Cantabria, ofrecen bonificaciones del 100% para patrimonios netos inferiores a 3 millones.
  • Andalucía modifica su escala de gravamen y deja en suspenso la bonificación general, aplicando deducciones proporcionales al peso que tendría el ITSGF en cada caso.

Es esencial tener en cuenta que las reglas autonómicas pueden alterar de forma significativa el resultado final, por lo que conviene revisar la normativa propia de cada comunidad.

Consejos prácticos para una declaración sin errores

  • Revisar el borrador es más que una recomendación: es una necesidad. Hay datos que la AEAT no conoce (aportaciones a planes de pensiones del cónyuge, deducciones autonómicas, rendimientos en especie).
  • Guarda y presenta justificantes de cuotas sindicales, colegiaciones, gastos de defensa jurídica o dietas exentas (hasta 11€/día en comida, o 1.500 €/año en transporte público).
  • Presta atención a las rentas irregulares (percibidas en más de dos años), ya que permiten aplicar reducciones específicas en el IRPF.
  • No olvides los planes de pensiones: si tienes aportaciones no reducidas en ejercicios anteriores, puedes aplicarlas en los cinco años siguientes.
  • Los alquileres deben declararse correctamente, diferenciando los rendimientos netos positivos (con derecho a reducción) de los imputados por uso propio, que tributan al 2% o 1,1% del valor catastral.

 

 

Referencia: iusTime

 

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